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  • Foto del escritorAndrés Cifuentes

Abad

La palabra abad etimológicamente proviene del latín “Abbas”. Es un término utilizado en el contexto religioso para definir al superior de un monasterio correspondiente a una orden religiosa llamada abadía (Conventos cristianos), la cual debe estar constituida por al menos 12 o más monjes. El calificativo de abad surgió por primera vez en Europa por San Benito de Nursia. En un principio el título de abad era otorgado, no como sinónimo de autoridad, sino más bien como un título de respeto hacia aquellos monjes de avanzada edad.


Una vez que el término abad es utilizado en el occidente, se diversifico su uso para denominar al superior de una abadía, era aquel encargado de dirigir espiritualmente y de forma temporal el monasterio, ya para finales del siglo XV, las abadías se transformaron en instituciones jurídicas eclesiásticas, el título de abad se vuelve vitalicio. El abad se distingue por llevar al igual que un obispo, la cruz pectoral, el anillo, el báculo (bastón), y la mitra (tocado que se coloca sobre la cabeza).


El abad puede ser sencillamente el superior de un monasterio y obedecer las órdenes del obispo diocesano, o también puede tener autoridad sobre un territorio un poco más extenso, en donde se encuentren ubicados diversos templos parroquiales con sus fieles.


Antiguamente, el abad era escogido por los frailes de su monasterio, sin embargo con el paso del tiempo, el obispo fue interviniendo en su elección. Una vez que se es elegido, el abad además de ser el superior, se convierte en el esposo de la iglesia abacial, así como el obispo lo es de su catedral. Después de la elección se procede a la bendición.


También las mujeres pueden tener el título de abadesas, estas son las superioras pero de un convento de monjas. Son elegidas por la congregación en votación secreta, y la que sea elegida debe tener al menos 40 años y ser virgen para poder recibir la bendición. La bendición es solicitada solo si el nombramiento de abadesa es de carácter perpetuo, y se debe realizar al año siguiente a su elección.


La abadesa posee dominio espiritual sobre sus hijas, teniendo control y mando administrativo sobre su entorno, sin embargo no tiene autoridad alguna para bendecir la liturgia, confesar o dar comunión.


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